Defensa legalDerecho del SeguroEl Seguro de Hogar, el gran desconocido.

11 diciembre 2020
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Según información de la Asociación Empresarial del Seguro (UNESPA) el 72% de las familias españolas aseguran su vivienda principal en España, por lo que la póliza de seguro de hogar es una de las más populares y utilizadas por los españoles, después de la póliza de seguro obligatorio de automóvil.

Sin embargo, a menudo contratamos un seguro de hogar sin tener muy claro hasta donde y de qué nos protege, pues en la mayoría de los casos no leemos en su integridad el contenido de la póliza.

El seguro del hogar es un seguro combinado en el que se suelen incluir como coberturas principales del contrato el seguro de daños, el seguro de incendio y el seguro contra robo. A estas coberturas básicas suelen añadirse otras, como la de seguro de responsabilidad civil y el seguro de defensa jurídica.

De las coberturas antes mencionadas, la más importante económicamente es la de responsabilidad civil, dos de cuyos aspectos más relevantes son por un lado, la cobertura por responsabilidad civil familiar que cubriría no solo aspectos derivados de la propiedad o el uso de la edificación y el mobiliario sino también la derivada de daños causados a terceros por cualquier componente de una familia, y no sólo en el entorno de nuestro hogar, sino más allá de él (por ejemplo en el domicilio de un tercero, en un centro comercial…); y por otro lado, la cobertura por daños causados por mascotas, salvo los catalogados como perros peligrosos que necesitan un seguro aparte.

Existen numerosas resoluciones judiciales que estudian el tema relativo a la cobertura de responsabilidad civil como parte integrante de un seguro de hogar siendo uno de los supuestos sobre los que más se han pronunciado los tribunales el relativo a daños sufridos o causados por invitados, pero su análisis lo abordaremos en otra ocasión, de manera independiente, dada su importancia.

Además de las indicadas coberturas, se suelen incluir en las pólizas de seguro, una serie de coberturas que resultan bastante desconocidas para los asegurados, como las siguientes:

  • Teléfono móvil: arreglo de la pantalla en caso de rotura y localización y bloqueo de la terminal en caso de robo.
  • Servicio de bricolaje: permite llamar a un especialista que dedicara las horas incluidas en el servicio para prestar asistencia técnica en el hogar, normalmente con un límite de 2 asistencias al año.
  • Tarjetas de crédito: repara el daño económico ocasionado a consecuencia del robo de tarjetas de crédito o pagos con el móvil.
  • Asistencia en viaje: cubre los costes de desplazamiento, gastos de curación, prolongación de estancia, traslado o repatriación en caso de hospitalización o fallecimiento del asegurado.
  • Gastos derivados de un siniestro: generados por demolición, desescombro, traslado y depósito de mobiliario.
  • Robos en la calle: en el caso de atraco en la calle, o al sacar dinero en un cajero o en caso de nos obliguen a sacarlo mediante amenazas.
  • Aparatos informáticos y electrónicos: cubre la reparación de aparatos electrónicos e informáticos y hasta puede llegar a ofrecer servicios de asistencia tecnológica remota.
  • Borrado digital: incluye la puesta a disposición del asegurado de un servicio de borrado de contenidos digitales que el asegurado fallecido tuviese en Internet.
  • Cyberbulling a menores: servicio de protección ante violencia digital y acoso.
  • Reputación digital: incluye la puesta a disposición del asegurado de un servicio de investigación en internet.
  • Línea médica telefónica: servicio de orientación médica/segunda opinión.
  • El servicio de ambulancia.
  • El deterioro de alimentos depositados en frigoríficos/congeladores en caso de siniestro eléctrico.
  • Control de plagas: servicio por el cual un profesional acudirá al inmueble para proceder a realizar un tratamiento contra una plaga.
  • Alquileres: indemnización por pérdida de alquileres, en caso de vivienda arrendada o daños causados por el inquilino.

En definitiva, aconsejamos dedicar un poco de tiempo a leer la póliza de seguro de hogar que tenemos contratada, nos sorprenderá.

Si necesita asesoramiento jurídico y defensión, en Surís Abogados somos expertos en Derecho del Seguro. Nuestra gran trayectoria nos avala. ¡Llámenos!

 

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